A continuación aparecerá por columnas todas las reglas y condiciones generales sobre iniciaciones y ceremonias,
Leer muy bien todo lo que aparece en esta información.
El Tata y Babaolorisa Máximo sacerdote del “Reino Obaife” solamente atenderá a las personas para instruirlas sobre iniciaciones y ceremonias relacionado a sus costos hablando telefónicamente a los interesados. Debido a que "El Tata" no cuenta con suficiente tiempo para escuchar los problemas de las personas si no han comenzado un proceso de ceremonias necesarias y usted realmente está interesado en un servicio religioso o iniciación, usted tendrá que demostraría que realmente está dispuesto a llevar a cabo sus ceremonias de ayuda religiosa inmediatamente y no estará haciendo perder el tiempo al Tata. Por esta razón demuestre su real interés y disposición.
Siga las siguientes instrucciones.
Tendrá que recibir una llamada telefónica de asesoría religiosa del Tata.
Usted tendrá que demostrar que su interés es serio cómo para que sea atendido por el Tata y recibir una asesoría, Recibirá una llamada si usted paga la tarifa asignada para recibir asesoría religiosa con un máximo de tiempo de 30 minutos y demostrará que su necesidad es realmente seria y no se trata de hacer perder tiempo al Tata.
Qué tendrá que hacer para recibir una llamada telefónica del Tata en territorio de los Estados Unidos de América. Tendrá que realizar un pago por asesoría vía Zelle.
1 - Pago por Zelle la cantidad de $ 500.00 dólares estadounidense por 30 minutos de asesoría.
2 - Una vez pagado tendrá que enviar una copia del recibo de pago, su nombre y apellido por texto al número telefónico (754) 232-0775.
3 - Este servicio será únicamente para el territorio de los Estados Unidos y Puerto Rico.
4 - El servicio de asesoría con el Tata no es de índole de consulta espiritual, solamente el Tata escuchará cuál es su interés religioso y le dará una recomendación y los costos del proceso.
5 - Cómo realizar el pago por Zelle.
- A “Iglesia de Dios de los Estebanistas” Número (754) 232-0775.
Recuerde enviar su recibo para que se le asigne un día y hora para recibir su llamada, también el número telefónico dónde sería llamado en territorio de los estados Unidos o Puerto Rico, escriba en el mensaje "Pago por asesoría", si olvida este detalle no se sabrá a quién llamar.
Gracias. Bendiciones.
Para sacerdotes iniciados en Osha o Palo Monte.
El Pago de derechos por asesoría con necesidad de orientaciones religiosas serán solamente asesoría consideradas no secretas ni de liturgias.
Aviso. Todo pago que se realicen no tendrá devoluciones de ningún tipo.
A continuación puede leer sobre las reglas de iniciación.
Iniciaciones y ceremonias.
Información general relativo o concerniente a iniciaciones y ceremonias en el templo o fuera del templo.
Reglas y mandamientos obligatorios. Leer bien antes de proseguir a una ceremonia o iniciación o liturgia religiosa en el “reino Obaife” sus predios, iglesias, templos o lugares sagrados.
1 - Todas las iniciaciones religiosas de cualquier índole ancestral o de actualidad en todas las nominaciones en el “Reino Obaife” solamente se llevarán a cabo (A no ser de emergencias) en el Otoño de los Estados Unidos de América, fechas específicas. Entre el mes y día del 15 de Septiembre hasta el 22 de Diciembre de todos los años. Todas las iniciaciones se llevarán a cabo en los sitios que determine el Tata y Babaoloriza José Montoya (Obaife) máxima autoridad del templo o las personas autorizadas por él.
2 - Las iniciaciones por emergencias religiosas solamente se llevarán a cabo si son autorizadas por nuestra máxima autoridad religiosa o las personas previamente autorizadas por él, si las circunstancias lo permiten poder realizarse la iniciación o ceremonias.
3 - Todos los iniciados están en la obligación de obedecer y seguir todos los mandamientos establecidos en el Reino Obaife. También las ordenes que sean establecidas o dichas por sus prelados o sacerdotes en servicios en dependencia de su autoridad siempre que no violen las reglas internas y mandamientos o una orden superior establecida o dicha.
4 - Solamente serán iniciados las personas consideradas mayor de edad sobre las bases de las leyes de los Estados Unidos de América sobre la mayoría de edad.
5 - Hasta el momento que la persona no haya sido iniciado cómo sacerdote o por emergencia, incluso hasta encontrándose en la ceremonia de iniciación, la iniciación y juramentos pueden ser cancelados si así lo entienden los prelados máxima autoridad que dirige la ceremonia, si la persona se encuentra esperando por un fundamento religioso que esté en proceso de montaje o construcción y se le suspende la inacción, ese fundamento se le entregará una vez esté listo para ser recibido, si es que la persona haya pago los derechos y los costos establecidos, si la ceremonia de iniciación es cancelada, la persona no tendrá derecho para que se le retornen los pagos o derechos que haya hecho ni aquellos que estén en proceso de ser terminados los productos solicitados.
6 - Los derechos para las iniciaciones (Pagos por los costos y contribuciones) para cada iniciación varían en dependencia de las ceremonias que se tengan que llevar a cabo debido a signos religiosos o imprevistos que puedan suceder durante el proceso de la iniciación, toda persona que valla a ser iniciada cómo sacerdote o sacerdotisa o por emergencias, tienen que llegar a la iniciación lo más purificados espiritualmente posible, también, habiendo cumplido con todas las reglas que estén establecidas o mandamientos establecidos para llevar a cabo todas las ceremonias previas a la iniciación.
7 - Toda persona que valla a ser iniciada en el Reino Obaife o sus predios, tendrá que tratarse de religiosos que siguen y están 100% de acuerdo con la filosofía y la doctrina religiosa y social que se predican y estén establecidas en el ministerio, en el templo o la iglesia, basados en la filosofía únicamente que predica el fundador José Antonio Montoya (Obaife) “Esteban José de Holguín” y aplica a todos los credos y liturgias del Reino Obaife, sus templos e iglesias, sacerdotes y feligreses.
8 - Toda persona iniciada o sacerdotes del “Reino Obaife” sus templos o iglesias que incurran en una falta de respeto de cualquier índole al templo, al reino, a la iglesia, o a cualquiera de los prelados, incluso si los prelados cometieran esa falta con el máximo guía espiritual, serían despedidos de inmediato del templo y quedarían sin derecho alguno de profesar el sacerdocio en nombre de nuestra iglesia, templo o ministerio, ni incluso bajo la fe de los creyentes y seguidores de del Tata y del templo o reino.
9 - La persona que se encuentre bajo proceso de iniciación o cualquier otro proceso religioso y quiera no continuar con el proceso, no tendrá derecho a que se le reembolse lo que haya pagado o pago por los servicios de iniciación o ceremonias específicas o fundamentos en procesos.
10 - La persona iniciada o en proceso de iniciación renuncia a cualquier litigio legal concerniente a su iniciación o asuntos religioso en general, y está consciente que al aceptar formar parte de la institución o pedir sus servicios ha aceptado todas las condiciones religiosas establecidas y está consciente de todas las leyes, regulaciones, mandamientos y filosofías establecidas, se considera una persona iniciada a aquellas que se encuentren en procesos de recibir fundamentos religiosos o iniciaciones para sacerdote, o cualquier ceremonia concernientes a liturgias religiosas específicas secretas.
11 - El religiosos está consciente que en cualquier proceso de liturgia, ceremonias o iniciaciones, los prelados “Sacerdotes” a cargo pueden cambiar el proceso y dar curso a ampliarlos o a diferentes tipos de ceremonias necesarias, el feligrés en proceso religioso litúrgico acepta que estas condiciones pueden ocurrir y los prelados no tendrán que dar explicaciones al feligrés si ellos entienden que no tengan que darlas.
Final. Estos mandamientos o reglas religiosas y liturgias pueden ser cambiados o ampliadas en cualquier momento sin previo aviso.
Qué Dios los bendiga a usted y su familia.
Leer lo siguiente para estar bien informado y en conocimientos plenos de nuestras condiciones para la iniciación en Palo Monte u Osha.
Para iniciaciones en Osha o Palo Monte. La persona interesada tendrá que hablar telefónicamente con el Tata y Babaolorisa José Montoya (Obaife) para que él determine si es factible o no dar curso al procedimiento para una iniciación.
Ahora siga las instrucciones y reglas siguientes. Gracias. Bendiciones.
Palo Monte.
1 - Si un feligrés es aceptado para una iniciación éste tendrá primero que ser consultado para determinar sus caminos y sí puede jurar en Palo Monte o no, igual, si su juramento es para Nguello o Tata Nquiza Malongo en el caso de Palo Monte u otras iniciaciones en regla de Osha, la consultoría puede tratarse de una comunicación directa con el Tata o de la forma que él lo determine.
2 - Un registro espiritual para determinar ceremonias es solamente de investigación espiritual y no le da derechos a ser jurado en Palo Monte o Mayombe o iniciado en Osha, eso lo determina el Tata y Babaoloriza después de que el registro haya determinado, sí puede jurar Palo Monte o iniciar en Osha, el tata se reserva el derecho de proseguir al juramento en Palo Monte o iniciación en Osha o no, igual de dar curso al proceso de iniciación sin pasar por el registro en el caso de Palo Monte.
3 - Una vez la persona haya presentado “El pago los derechos para jurar, no tendrá devolución” Pero todo juramento está supeditado a los términos siguientes.
4 - Toda persona jurada tendrá que salir conjuntamente con una primera Nganga o fundamento que conlleva a el gasto que corresponda según el fundamento que tendrá que recibir y tiene que pagar para recibir ese fundamento, el primer fundamento y su costo lo determina el Tata, los costos dependen de cuántos fundamentos recibirá a la vez.
5 - El “Reino Obaife” los guardianes del templo exigen que si la persona que desea iniciarse no está presentada por otro hermano del templo o Munanzó, tendrá que presentar por motivos de seguridad una identificación legal estatal actualizada que podrá ser comprobada su legitimidad, esta condición aplica también para los registros o consultas y poder visitar el templo.
6 - En nuestras iniciaciones no se llevan a cabo sacrificios de anímales ni se llevan a cabo juramentos ni iniciaciones a personas menores de edad, tampoco nuestras iniciaciones son iguales a las que se llevan a cabo por otros individuos que se dicen ser Tatas, Baboloshas o Iyaoloshas, y toda ceremonia que se lleve a cabo no se revelan hasta que la persona esté iniciada y se someta al proceso de aprendizaje basado a las reglas establecidas en el Munanzó “Reino Obaife” las cuales son de orden internas.
Final - Otras condiciones pueden aplicar que podrían ser proferidas “Dichas” personalmente si el Tata lo entiende, igual, las condiciones anteriores pueden ser cambiadas sin previo aviso.
Para recibir fundamentos Mayombe o de Palo Monte, amuletos, místicos o exotéricos.
Los fundamentos o Ngangas en Palo Monte o Mayombe en nuestra creencia son sagrados, significa, que todo religioso que reciba un fundamento sagrado debe de tratarse de una persona con todas las condiciones en el conocimiento de cumplir con su responsabilidad del cuidado y buen manejo espiritual de esos fundamentos, amuletos o aquellos considerados únicamente para persona iniciadas o consagradas completamente en las liturgias religiosas que comprenden las diferentes ceremonias concernientes a estas prácticas de dependencia antillana, americana, afroantillana o africana, antillana ancestral aborigen o las sagradas, o quiénes lo adquieran con fines religiosos y de fe.
Condiciones para poder recibir un fundamento o más.
En nuestro templo existen dos formas de recibir un fundamento, los que reciben aquellos religiosos oficialmente reconocidos cómo parte del templo “Reino Obaife” que son aquellos religiosos que hayan pasado por todas las ceremonias que se exijan para poder formar parte del “Reino Obaife” cómo feligrés o sacerdotes. Las condiciones son aquellas que sean orientadas por los sacerdotes del templo. Los religiosos que se encuentren en calidad de feligrés del templo o sacerdote del templo serán aquellos que cumplan con los requisitos que se exijan en las reglas generales o mandamientos del templo internos o externos, todos los feligreses, sacerdotes y todo religioso que se encuentre en calidad de seguidores del templo tendrán que seguir y obedecer todas las reglas existentes para formar parte del templo “Reino Obaife”.
Independientes.
Religiosos Tatas O Nyayis que deseen recibir fundamentos del “Reino Obaife” si son independientes.
Las personas que deseen recibir un producto o fundamentos religiosos exotérico o místicos y no se encuentren en la categoría de seguidores o parte del templo “Reino Obaife” no son considerados cómo seguidores del templo ni parte del templo, sino cómo independientes, y no tendrán derecho a participar en las actividades del templo, ni visitar el templo, a no ser que sean invitados o autorizados, y los fundamentos que se les entreguen se consideran de su responsabilidad, el templo ni sus sacerdotes o representantes están obligados a responder por los independientes en caso de necesidades religiosas, a no ser aquellas que hayan sido aprobadas por el templo o sus sacerdotes, y será considerado cómo “Servicios religiosos” Los independientes que reciban fundamentos no serán reconocidos cómo parte del templo “Reino Obaife” por lo tanto, sus acciones y liturgias son de su responsabilidad única, los independientes podrán solicitar que sus fundamentos estén montados en recipientes de barro, en madera, o en “El que considere el templo”, hierro (Calderos) o en sacos. El templo ni sus sacerdotes están obligados a revelar el contenido de los fundamentos ni cómo se tienen que trabajar, una vez el independiente reciba su fundamento es de su propiedad y ni el “Reino Obaife” ni sus sacerdotes tienen ninguna responsabilidad sobre los fundamentos una vez haya sido entregado a su propietario, o desde el momento que sea enviado por cualquier vía de mensajería, tampoco existe devolución de ningún tipo, si rompen o se destruye el fundamento es responsabilidad única de su propietario.
No se aceptan devoluciones ni cancelaciones de productos solicitados o ceremonias en general.
Otras reglas y condiciones pueden aplicar sin previo aviso.
Aviso.
Nuestra institución religiosa “Iglesia De Dios de los Estebanistas y sus D/B/A están registradas en el estado de la Florida en los Estados Unidos de América en el condado Citrus y en Crystal River, y usted acepta que en caso de litigios legales todo asunto legal que sea llevado a un litigio de cualquier tipo legal será único y exclusivamente en el Condado de Citrus o la ciudad de Crystal River, sino está de acuerdo con estas reglas y condiciones religiosas, no solicite nuestros servicios.
Gracias por visitar nuestro sitio oficial. Bendiciones.
Contacto - WhatsApp (7542320775) “Dejar mensaje” o vía directa al Tel. (754) 232-0775 “Dejar mensaje”. Y en dependencia de su mensaje se le responderá.
Pasos verdaderos para jurar Palo Monte o Mayombe y recibir Nganga’s
Quiénes podrán iniciarse en nuestro templo, sacerdocio, credo e iglesia.
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