Reino Obaife. Reglas, leyes y principios.
Leer muy bien todo lo siguiente para mejor entendimiento legal y religioso de nuestra institución.
1 - El Reino Obaife, su filosofía es basada en los preceptos de adoración a la creación y la existencia de un sólo Dios, el gran creador de sí mismo, adoración a la existencia del espíritu y todos los misterios y secretos que guarda la creación, y a la filosofía y doctrina de nuestro máximo sacerdote universal fundador Rev. Sr. José A. Montoya, conocedor de los misterios y secretos que guarda la creación toda que conjuga la materia y el espíritu basado en su fe y creencia, en nuestro reino creemos primero en todas las enseñanzas que profesa y divulga nuestro máximo guía espiritual, las cuáles, estarán expuestas a continuación y todas aquellas consideradas internas no públicas, las que se deben de obedecer y respetar para formar parte de la fe que divulga nuestro máximo guía y tener derecho a poder participar en nuestras liturgias religiosas aquellas por necesidad y las de adoración al templo, al espíritu, a Dios y las deidades que se reconozcan en el templo.
Estatus legal de nuestra institución.
2 - El Reino Obaife es una entidad religiosa, Templo o iglesia, la cuál, independientemente a sus derechos universales religiosos se encuentra legalmente registrada bajo los estatutos legales corporativos en el estado de la Florida en los Estados Unidos de América. Nuestra institución religiosa es de índole privada y se reserva el derecho de admisión en sus lugares sagrados, sitios que pertenezcan a la institución, tierras sagradas o santas, eventos o liturgias, y a todo aquello que involucre a nuestra entidad religiosa en general, y todo aquel religioso que solicite servicios a nuestra institución de cualquier índole legal o religioso está obligado a obedecer las reglas y los mandamientos de fe y orden que estén establecidos en todos los sentidos de fe legales y el respeto a los mandamientos y a las liturgias religiosas, y además a todo aquello basado en las leyes corporativas y los derechos que nos da la legalidad corporativa para operar o llevar a cabo negocios legales en general, incorporamos a estos derechos también las condiciones de participación sean consideradas o llamadas de cualquier forma que sean establecidas internamente en nuestro credo o institución, y todas aquellas personas de fe que decidan por su propia voluntad formar parte de nuestra fe, de nuestras creencias, de nuestras liturgias, seguir y obedecer los mandamientos y la filosofía de nuestro máximo guía espiritual Sr, Rv. José A. Montoya en el templo o la institución general, está consciente de que ha aceptado todas las condiciones de reglamentos y mandamientos que sean establecidos, tanto públicos cómo internos, y tienen en conocimiento que su aprendizaje y las enseñanzas están limitadas en algunos casos cómo consideradas “Secretas” y que solamente podrán tener acceso a esos secretos religiosos aquellos fieles discípulos que la máxima autoridad religiosa y de fe que dirige el templo así se trate del fundador cómo de sus sucesores futuros tienen que se respetados, y entiende que nuestra institución alberga y adora diferentes tipos de creencias y liturgias religiosas ancestrales y actuales incorporadas cómo fe y de adoración.
Servicios religiosos.
El Reino Obaife brindará servicios religiosos y asesorías general a las personas que lo soliciten, las cuáles están en la obligación de pagar los derechos por esos servicios, las condiciones de servicios o asesorías están supeditadas a la aprobación de las personas encargadas de aprobarlas que estén autorizadas por el máximo guía espiritual religioso del templo, la iglesia, templo o tierras santas y sagradas del “Reino Obaife” y esas condiciones pueden ser en algunos casos públicas y en otros personales. “Siga las reglas establecidas para asesorías, servicios y liturgias generales”.
Quiénes forman parte del “Reino Obaife”
3 - Los fieles que forman parte del “Reino Obaife” están clasificados de la siguiente manera.
A - Los discípulos escogidos por la máxima autoridad religiosa en calidad de futuros guías “Sacerdotes” espirituales que se encuentren en calidad de estudiantes para convertirse en los futuros líderes del “Reino Obaife” “Existen condiciones internas para poder convertirse en discípulos que no se divulgan públicamente” Las cuáles son tratadas de manera personal, y aquellos fieles que sean aceptados sin cursar cómo sacerdotes.
B - Aquellos fieles que se haya convertido en “miembros colaboradores del Reino Obaife” Se establecerá una condición de “Miembros” que solamente le dará como derecho ser considerado cómo “Fieles del templo” persona que tendrán prioridad en todo por encima de aquellos que no sean considerados “Miembros del reino” Las condiciones serán establecidas a consideración de la máxima autoridad religiosa.
Otras reglas de esta sección pueden ser incorporadas sin previo aviso.
Legales corporativas.
La parte que concierne religiosa en nuestra institución es de índole independiente interna en nuestra institución “Reino Obaife” las cuál no están por encima de las regulaciones corporativas legales con relación a los negocios relacionados a la corporación legalmente registrada en el estado de la Florida en los Estados Unidos cómo “Iglesia De Dios de los Estebanistas” dónde la parte religiosa se identifica como D.B.A. “Reino Obaife” pero solamente es de orden interno para fieles seguidores de la religiosidad y filosofía del RV. Sr. José A. Montoya que en estas liturgias se identifica por su nombre religioso “Obaife” entre otros nombres de orden religioso en otras creencias y filosofías propias. El “Reino Obaife” forma parte de esta entidad corporativa cómo dependencia de la matriz “Iglesia De Dios de los Estebanistas” una entidad registrad cómo una corporación del estado de la Florida en los Estados Unidos de América que lleva a cabo diferentes tipos de negocios aquellos considerados por sus propietarios o ejecutivos los que duran legalmente negocios.
Otras reglas corporativas pueden ser establecidas más allá de las legales concernientes a los sistemas corporativos en el estado de la Florida en los Estados Unidos de América, y que se consideren de orden interno u operacional, los cuáles susodichos sistemas se reservan todos sus derechos de forma de operación privado e incluye todas las dependencias internas de negocios incluyendo los religiosos, la condición de tratarse de una entidad registrada lucrativa o no, no determina la fe ni la religiosidad, la religión y la fe es un derecho de toda persona y no la determina la condición legal de incorporado legalmente en el estado, una corporación es un término o condición legal que se usa de reconocimiento para poder llevar a cabo operaciones legalmente reconocidas públicamente bajo las leyes del estado.
Esta información puede ser ampliada o cambiados sus términos si así lo entiende la institución sin previo aviso.
Que Dios lo bendiga a usted y a toda su familia.
“Reino Obaife” Iglesia De Dios de los Estebanistas. Legalmente registrada en el Estado de la Florida en los Estados Unidos de América.